Murió Gómez Centurión.
Decretan duelo provincial por el fallecimiento del ex gobernador Carlos Enrique Gómez Centurión
Tenía 93 años. Se encontraba internado en Buenos Aires, afectado de neumonía. Sus restos serán velados en la Legislatura y descansarán en el Panteón de los Gobernadores, en el Cementerio de la Capital.
DECRETO ( TEXTUAL)
Que en el día de la fecha se produjo el deceso del Señor Ex Gobernador Geólogo CARLOS ENRIQUE GÓMEZ CENTURIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que Carlos Enrique Gómez Centurión consagró su vida a la actividad política, siendo gobernador de San Juan, embajador argentino en México y Portugal, presidente y director de importantes entidades bancarias, senador y diputado nacional, ocupando además cargos dirigenciales en diversas asociaciones intermedias.
Que con su desaparición la Provincia de San Juan pierde una figura de relevantes condiciones morales, intelectuales y políticas.
Que corresponde al Gobierno de San Juan rendir homenaje póstumo a quien desde la función pública brindó su capacidad y patriotismo al servicio de la comunidad, manifestando su más profundo pesar y acompañando en el dolor a todos sus familiares.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Declarar Duelo Provincial mientras duren las exequias, por el fallecimiento del Señor Ex Gobernador Geólogo CARLOS ENRIQUE GÓMEZ CENTURIÓN a partir de la fecha del presente decreto, en los que
la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
ARTICULO 2º: Expresar a la familia las profundas condolencias del Gobierno Provincial, disponiendo el envío de una ofrenda floral, nota de pésame, copia del presente Decreto a los familiares directos y colocación de avisos fúnebres.
ARTICULO 3º: Disponer una Guardia de Honor de Cadetes de la Policía de San Juan junto al féretro durante el velatorio de los restos mortales.
ARTICULO 4º: Disponer la presencia de una sección de Cadetes y de la Banda de Música de la Policía de San Juan en el cementerio, durante la realización de las exequias.
ARTICULO 5º: Comunicar y dar al Boletín Oficial para su publicación.-