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IPV ¿ Cómo se calcularán las cuotas?

16 de mayo , 2019 - 20:33:pm
EL DATO
La Ley no es retroactivva, más de 40 mil adjudicatarios seguirán pagando la cuota correspondiente
LEGISLATURA PROVINCIAL / ENTREVISTA
Daniel Gimeno, Sub interventor del Instituto Provincial de la Vivienda señaló » Este nuevo sistema nos permitirá construir más casas en el futuro con fondos propios»
La Cámara de Diputados de San Juan celebró este jueves 16 de mayo, la Tercera Sesión del período ordinario en cuyo transcurso fueron aprobados doce proyectos de Ley remitidos por el Poder Ejecutivo y dos de autoría de los diputados Pablo García Nieto y Andrés Chanampa. Entre ellos se destaca, las modificaciones de los artículos 33º, 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 196-A de Creación del Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.), justificadas para paliar distorsiones de algunos indicadores de orden nacional que han sido detectadas por el gobierno provincial, y también, la modificación del artículo 50º de la misma norma, que propone exclusión del grupo familiar adjudicatario de la vivienda al integrante que fuera condenado por violencia familiar.

Cabe señalar que la sesión comenzó a la hora 10.12 y fue conducida en forma alternada por el vicegobernador y presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Lima y los vicepresidentes primero, diputado Eduardo Cabello, y segundo, diputado Juan José Orrego.

Modificación de los artículos 33º, 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 196-A del I.P.V.

Los diputados aprobaron por unanimidad el Mensaje Nº 0035 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, que tiene por finalidad introducir algunas modificaciones en los artículos 33º, 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 196-A de Creación del Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.), justificadas para paliar distorsiones de algunos indicadores de orden nacional que han sido detectadas por el Poder Ejecutivo provincial.

El miembro informante de este asunto fue el diputado Mario Tello, quien explicó que “los valores de las viviendas se van a traducir en Unidades Habitacionales, este valor de la vivienda que antes estaba expresado en UVA se transforman en otra cosa más accesible para la gente, en beneficio de la gente y con la posibilidad y capacidad de pago de acuerdo a los salarios que tiene cada una de las personas”

 

CUOTA NO DEBE SUPERAR el 20% DEL INGRESO FAMILIAR

Seguidamente agregó que “en relación a los salarios, se sigue manteniendo el aspecto que el valor que tenga que pagar de la cuota, ya traducida en peso a partir de Unidades Habitacionales, no debe ser superior al 20 % del ingreso del conjunto familiar.Pero tampoco debe ser inferior al 10% del salario mínimo, vial y móvil que establece el INDEC. Otros de los aspectos también contemplados en las modificaciones de la ley es la cantidad de años para el pago de la amortización, llevándose de cuarenta años a cincuenta años”.

REEMPLAZAN U.V.A  POR VARIACIÓN SALARIAL

En este sentido, quedó resuelto reemplazar al Coeficiente de Actualización U.V.A. (Unidades de Valor Adquisitivo) que iba ajustar el valor de las viviendas y de los préstamos del I.P.V. y su relación con el valor de las cuotas de las mismas, por el Coeficiente de Variación Salarial que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) para mantener el valor de las viviendas, de los préstamos y de las cuotas de amortización de los mismos más ajustados a la situación real, en un contexto inflacionario y de gran volatilidad macroeconómica.

 

EXCLUSIÓN DE VIOLENTOS

Modificación del artículo 50º de la Ley Nº 196- A del I.P.V.

También el cuerpo legislativo aprobó por unanimidad el proyecto de Ley presentado por el diputado Andrés Chanampa del Bloque Bloquista, por el que modifica la Ley Nº 196-A, y propone lo siguiente:

Artículo 1: Incorpórase el Artículo 50 bis, al Capítulo Cuatro: “Sanciones”, a la Ley 196-A, el que quedara redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 50 bis: Será causal de exclusión del grupo familiar adjudicatario de la vivienda, mientras no estuviera cancelada, el integrante de dicho grupo que fuera condenado con sentencia firme, por violencia familiar”.

Durante la exposición de los argumentos, el legislador Andrés Chanampa comentó que “esto tiene que ver con un pedido de la sociedad concreta que en diferentes casos hemos podido percibir, pero también con un trabajo que venimos realizando hace un tiempo largo, con diferentes organismos que se vienen dedicando a la violencia familiar y concretamente a la violencia de género, como es la directora de la Mujer y su equipo, el Observatorio de Violencia de Género, la gente de la Defensoría del Pueblo. A todos ellos quiero agradecerles por sus aportes y también quiero agradecer el acompañamiento de la parte legal del I.P.V. con quien hemos tenido diferentes charlas y hemos podido llegar en virtud de este proyecto que hemos presentado, con el cual se busca sancionar concretamente al agresor que ha sido condenado por una sentencia judicial firme y así excluirlo del grupo familiar, estando siempre del lado de la víctima, porque en los diferentes casos que nos ha tocado estar  y conocer, el noventa por ciento de los mismos termina la víctima yéndose del hogar y el agresor quedándose en el mismo”.