FUENTE CÓDIGO DOCENTE/ El Decreto del Ejecutivo Provincial sobre situación de dispensas a trabajadores de la administración pública, abarca a los docentes ?
Felipe de los Ríos: Citó artículo Tercero del Decreto 025 /1994 que define cargo docente como sinónimo de empleado público (en referencia al presupuesto), pero el docente tiene su estatuto, es un subsistema, la licencia se dio por Covid a modo preventivo.
Para ser concreto el docente cuando llegue a tener la segunda dosis Covid 19, y este encuadrado en la dispensa, se deberá presentar a trabajar en las escuelas. Pero hay personas que tiene enfermedades profesionales, en ese caso a través de Junta Médica la razón de licencia será otra. Son casos excepcionales.
Hay una realidad a los docentes se los está vacunando, casi el 97% con la primera dosis. Si tengo dispensa y me administraron la segunda dosis debo volver a trabajar, salvo casos excepcionales que se encuadrarán en otro tipo de licencia . Debe volver a trabajar , no hay razón para la dispensa. La dispensa la otorgó la Secretaría de Recursos Humanos de la provincia. No el Ministerio de Educación. Al no presentarse el docente a trabajar será convocado por la Junta Médica.